Dúo (papel + e-book)
Los pactos de pre-ruptura conyugal son negocios jurídicos en virtud de los cuales los cónyuges o futuros cónyuges prevén de manera anticipada las consecuencias económicas que pudieran derivarse de su eventual y futura ruptura. Tras el rechazo inicial hacia los mismos por su posible contrariedad con el orden público, en la actualidad ya han sido reconocidos en muchos sistemas jurídicos, teniendo como punto de partida el Derecho Norteamericano. Dentro del ordenamiento jurídico español y ante la laguna existente en el Código Civil, se ha admitido su validez por parte de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (de forma muy clara en la STS de 24.6.2015) y por las sentencias de las Audiencias Provinciales, además de por el Derecho Civil autonómico. Estos acuerdos constituyen una expresión de la autonomía de la voluntad que posibilita que los otorgantes puedan elegir otras consecuencias económicas diferentes a las previstas por el legislador en caso de divorcio y separación. Pero indudablemente se abre un debate sobre los límites a los que han de sujetarse, cuestionándose en todos los sistemas jurídicos si estos pactos podrán también abarcar ciertos ámbitos, como la cobertura de las necesidades y la compensación económica de los cónyuges tras la ruptura, que son reflejo de la solidaridad postconyugal. Esta obra desarrolla de forma exhaustiva el control al que deben someterse tanto en el momento de su celebración como en el momento de su ejecución.