Un buen sistema de compliance debe contemplar diversos marcos normativos, no sólo el penal. A la hora de elaborar un programa, no olvidemos que la fiscalía aboga por un sistema de compliance transversal, en el que no solo se tenga en cuenta el riesgo penal, sino también el ánimo de cumplir con la legalidad, de implementar una forma de actuar ética dentro de la entidad. Una vez que conocemos la organización y su marco normativo debemos analizar la probabilidad de que un determinado riesgo se materialice. La correcta documentación del modelo nos va a permitir un mejor seguimiento y monitoreo, sin olvidar su naturaleza eminentemente probatoria. Surge en este contexto la pregunta de qué ocurre en el caso de que la empresa haya adoptado un modelo que cumpla con todos los requisitos y que, sin embargo, no haya podido evitar la comisión de un delito; la respuesta es prácticamente unánime: el riesgo cero no existe. Siempre queda algún riesgo residual que es imposible eliminar por completo. Es el compromiso de la organización con los valores éticos y el cumplimiento normativo lo que va a determinar que no haya una condena.
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