Esta es una Ley importante por varios motivos. Desde luego por su propio objeto, que la sitúa en el centro de la creciente sensibilización social por el deterioro del medio ambiente que reclama una reacción legislativa ante los daños que padece. Es importante también por las obligaciones que directamente de ella se derivan, sin necesidad pues de que se produzcan daños, tanto para las Administraciones Públicas como para los operadores, entre ellas la de constituir una garantía financiera para hacer frente a eventuales responsabilidades. Y es importante por las novedosas y arriesgadas soluciones que adopta, cuya efectividad real mostrará la experiencia de su aplicación. Antecedentes y tramitación parlamentaria de la ley. Ambito de aplicación de la ley. Cuestiones generales. Ambito material. Los daños medioambientales. Ambito subjetivo de aplicación. Los operadores. La categorización de actividades y su diferente régimen de responsabilidad. Ambito temporal de la responsabilidad medioambiental. Relación de causalidad entre la actividad del operador y la producción o amenaza del daño. Sobre el carácter objetivo de la responsabilidad medioambiental. Competencias administrativas y autoridad competente. El procedimiento para la declaración de responsabilidad medioambiental y para la determinación de las medidas que deben adoptarse. Las medidas materiales de prevención, evitación y reparación de daños medioambientales. Garantías financieras de la responsabilidad. El espacio de la LRM en el ordenamiento. Su relación con otras legislaciones materiales y procesales. Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.