La presente colección de Acciones Penales analiza, desde un punto de vista eminentemente práctico, todos los aspectos procesales de la acción, facilitando, además, el material necesario para su interposición: legislación, jurisprudencia, bibliografía, esquema procedimental y formularios habituales. Para la Jurisprudencia del Tribunal Supremo el consumo propio, el consumo compartido y las donaciones entre parientes adictos no son supuestos típicos del artículo 368 del Código Penal, toda vez que estos supuestos carecen de capacidad difusora del consumo y además no ponen en peligro el bien jurídico protegido que es la salud pública. La aplicación de la agravación del artículo 370.3 CP, referida a la extrema gravedad de la cuantía de sustancia estupefaciente, procederá en todos aquellos casos en que el objeto del delito esté representado por una cantidad que exceda de la resultante de multiplicar por mil la cuantía aceptada por Sala del Tribunal Supremo como módulo para la apreciación de la agravación de notoria importancia.